La Haya, 27 de Enero del 2014
Este fallo se conoce como “Fallo de la Corte de La Haya sobre la delimitación marítima entre el Perú y Chile”; es una sentencia dictada el día 27 de enero de 2014, por la Corte Internacional de Justicia, con sede en el Palacio de la Paz, ubicado en la ciudad de La Haya, Reino de los Países Bajos. La sentencia fue leída por el presidente de la Corte Internacional de La Haya, Peter Tomka, de Eslovaquia. Cabe mencionar que la Corte estuvo integrada por 14 jueces titulares y 2 jueces ad hoc. El agente del Perú ante la corte fue el embajador Allan Wagner Tizón y el agente chileno fue el embajador Alberto van Klaveren Stork; cada uno estuvo acompañado de un grupo de personas especializadas en el tema. Mediante el presente veredicto se resolvió la controversia sobre delimitación marítima entre la República del Perú y la República de Chile.
Los antecedentes históricos que llevaron el caso ante la Corte fueron: las declaraciones de 1947, en donde ambos países proclamaban su soberanía y jurisdicción sobre el mar y zócalo continental adyacente a sus costas hasta una extensión de 200 millas, con el objetivo común de proteger los recursos naturales. También, la Declaración de Santiago de 1952, la cual para el Perú no podía ser tomada como un tratado de delimitación marítima, pues expresaba una política de defensa de los recursos marinos vivos, es decir era de carácter pesquero y económico. Además, el Convenio de 1954 establece una zona especial fronteriza marítima, pero para evitar incidentes con “gente de mar con escasos conocimientos de náutica”. Es por eso que el 16 de enero del 2008, la República del Perú interpuso una demanda a la República de Chile ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya para definir el trazado de la frontera entre las zonas marítimas de ambos estados.
La Corte en su sentencia reconoció al Perú un área marítima de más de 50 000 km², de los cuales una superficie cercana a los 22 000 km² era considera por Chile como parte de su zona económica exclusiva, y otra de aproximadamente 28 297,96 km² era considerada por Chile como parte del altamar. De esta manera, el Perú ejercería derechos exclusivos sobre el denominado “triángulo exterior”. Como contraparte, la Corte reconoció la soberanía y los derechos soberanos de Chile sobre aproximadamente 16 646 km² de mar. A su vez, la frontera marítima sería el paralelo geográfico entre ambas naciones solo hasta las 80 millas náuticas, para luego trazar una línea equidistante. De esta manera la Corte resolvió la presente controversia conforme al Derecho Internacional, de una manera imparcial y definitiva, con lo cual ambas partes pusieron fin a esta controversia.
Firmantes del tratado
Allan Wagner Tizón (Perú)
(1942- a la actualidad)
Diplomático, abogado, ingeniero y político peruano
Alberto van Klaveren (Chile)
(1948- a la actualidad)
Diplomático, politólogo y abogado chileno
Bibliografía
- https://es.wikipedia.org/wiki/Fallo_de_la_Corte_de_La_Haya_sobre_la_delimitaci%C3%B3n_mar%C3%ADtima_entre_Chile_y_Per%C3%BA#:~:text=El%20fallo%20de%20la%20Corte,Chile%2C%E2%80%8B%20iniciado%20por%20la
- http://www.rree.gob.pe/temas/Documents/Fallo_traduccion_no_oficial_de_la_CIJ_%28espanol%29.pdf
- http://www.atinachile.cl/politica/chile-peru-declaraciones-de-1947-la-frontera/
- https://www.bbc.com/mundo/noticias/2014/01/140127_chile_peru_cij_fallo_haya_az
- https://es.wikipedia.org/wiki/Ollanta_Humala
- https://es.wikipedia.org/wiki/Allan_Wagner
- https://es.wikipedia.org/wiki/Alberto_van_Klaveren